ABB Abogados

Su marca jurídica de confianza

Estudio legal y abogados en Tenerife

Nuestra Filosofia

1

Principios

Confianza, respeto y máximo esfuerzo.

2

Cercanía

Sencillez en el trato y profesionalidad en la resolución de su caso.

3

Ilusión

Innovación e Ideas, trabajo e ilusión infinita, juntos hasta el final, por su caso.

Quiénes somos

Es una marca joven e innovadora, multidisciplinar, conformada por profesionales independientes con una idea en común y mucha ilusión. Ideas, trabajo e ilusiones que pretenden transmitir a sus clientes, y, con la que sus Letrados pretenden marcar un ito y un revulsivo en las formas y estilos a la hora de llevar a cabo el ejercicio de la abogacía como profesión.

Tal es así que las máximas que conforman esta marca y que sus Letrados deben transmitir son: la eficacia y sencillez en el trato con cada uno de nuestros clientes, sin perder de vista los principios de confianza, respeto y máximo esfuerzo en la resolución de todos aquellos problemas o cuestiones que se nos planteen. A través de las presentes páginas, pretendemos informarles sobre aquellas ramas del Derecho en las que le podremos prestar ayuda y asesoramiento jurídico, ante la Administración, así como asistencia judicial ante los Tribunales de Justicia.

Áreas Legales

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Derecho Civil y Mercantil

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Derecho Laboral

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Derecho Marítimo

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Derecho de Familia

Derecho Civil y Mercantil

Derecho Civil y Mercantil, dentro del ámbito del Derecho Civil y Mercantil realizamos las siguientes actuaciones:

Reclamación de Cantidad: Parte Civil y Parte Mercantil.

Otras Gestiones: contratos de Arrendamiento, Compraventa, Herencias.

Reclamación de cantidad: Parte Civil.

Nuestra legislación procesal establece un procedimiento rápido, denominado «Monitorio» para la tramitación y cobro de determinadas deudas, siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos tasados y, desde el pasado 31 de octubre de 2011, sin limite cuantitativo en la cuantía a reclamar (rompiéndose así la barrera preestablecida de los 250.000,00 €).

Requisitos mínimos:

Que se trate de una deuda dineraria, vencida y exigible; y que

Se acredite mediante alguna de las formas siguientes:

Documentos, cualquiera que sea su forma y clase o el soporte físico en que se encuentren, que aparezcan firmados por el deudor o con su sello, impronta o marca o con cualquier otra señal, física o electrónica, proveniente del deudor;

Mediante facturas, albaranes de entrega, certificaciones, telegramas, telefax o cualesquiera otros documentos que, aun unilateralmente creados por el acreedor, sean de los que habitualmente documentan los créditos y deudas en relaciones de la clase que aparezca existente entre acreedor y deudor.

Dentro de la definición descrita, nada impide la utilización de este medio procesal para la exigibilidad de las deudas de un incumplimiento contractual o del impago de un efecto cambiario (llámese cheque, letra o pagaré).

Ahora bien, para su efectividad o mejor porvenir de la reclamación debemos tener presentes al menos tres puntos vitales: el primero de ellos, que se lleve a cabo en un breve plazo de tiempo (pues el paso del tiempo puede llevar consigo consecuencias no deseadas ni esperadas, como puede ser «la prescripción de la deuda», entre otras), el tener documentada la deuda a exigir y, finalmente (y no por ello menos importante), la localización del deudor/a.

Reclamación de cantidad: Parte Mercantil.

Otra vertiente a tener muy presente a la hora de reclamar una deuda, es el saber si nuestro deudor está o está próxima a estar en situación de Concurso de Acreedores. Dicha información marcará un antes y un después para nuestra deuda, ya que si nos encontramos ante dicho supuesto, no sólo cambiará la forma de gestionarla sino también el órgano encargado del procedimiento. Veamos los dos supuestos más comunes (sin perjuicio de otros muchos):

Supuesto 1: Hemos iniciado nuestra reclamación de cantidad frente al deudor por la vía civil, pero durante la sustanciación del procedimiento se nos hace saber (o llega a nuestro conocimiento) que nuestro deudor ha sido declarado en concurso de acreedores. Este supuesto supondrá para nuestra reclamación su archivo en el Juzgado de lo Civil, pues el Juzgado de lo Mercantil atrae a todos los procedimientos abiertos de ese deudor. Es aquí cuando se ha de comenzar de nuevo en base a unas nuevas reglas y formalismos procesales.

Supuesto 2: Nuestro deudor, por el que esperábamos el pago de una factura, nos comunica que ha procedido a solicitar del Juzgado de lo Mercantil que sea declarado en Concurso de Acreedores por no poder hacer frente a sus obligaciones. Este supuesto implica que previamente se nos ha informado, por lo que deberemos ponernos en contacto con la Administración Concursal designada al efecto o bien estar atentos a la que sea designada; pues será a ésta a quien tengamos que comunicar, dentro de unos plazos específicos, la existencia de nuestro crédito junto con la documentación que la avala.

Otras gestiones:

Asesoramiento en contratos de Arrendamiento:

En documento privado: redacción, gestiones ante la Administración Pública (liquidación de impuestos, en su caso);

En documento público: redacción y gestión ante la notaría, inscripción ante el Registro de la Propiedad u otros (en su caso) y gestiones ante la Administración Pública (Impuestos).

Asesoramiento en contratos de compraventa:

En documento privado: redacción, gestiones ante la Administración Pública (liquidación de impuestos, en su caso);

En documento público: redacción y gestión ante la notaría, inscripción ante el Registro de la Propiedad, de bienes muebles o mercantil (en su caso) y gestiones ante la Administración Pública (Impuestos).

Asesoramiento en Herencias: Más en el área de Derecho de Familia.

Si usted o su empresa se encuentra en alguno de los supuestos expuestos, deberá ponerse en contacto con un profesional del Derecho para que le asesore a la mayor brevedad posible, a fin de que pueda tomar las medidas oportunas para salvaguardar su crédito.

Derecho Laboral

Derecho Laboral, dentro del ámbito del derecho laboral realizamos las siguientes actuaciones, prejudiciales y judiciales:

Redacción de papeletas de conciliación y asistencia a la conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Concilación (S.E.M.A.C.).

Reclamaciones de cantidad.

Impugnación de despidos y sanciones.

Extinción relación laboral a instancia del trabajador.

Otros procedimientos:

Vacaciones;

Movilidad geográfica;

Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo;

Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral reconocidos legal o convencionalmente;

Las prestaciones de la Seguridad Social;

La tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.

Relaciones laborales en el ámbito marítimo: Más en el área de Derecho Marítimo.

Si usted o su empresa se encuentra en alguno de los supuestos expuestos, deberá ponerse en contacto con un profesional del Derecho para que le asesore a la mayor brevedad posible, a fin de que pueda tomar las medidas oportunas para salvaguardar sus Derechos e intereses.

Derecho Marítimo

Gestiones relacionadas con el Derecho Marítimo:

Relaciones laborales;

Embarcaciones de Recreo (Lista 7ª);

Embarcaciones y Barcos Profesionales (Listas 2ª, 3ª, 4ª y 6ª).

Relaciones laborales en el ámbito marítimo:

Contratación, Cotizaciones, Bonificaciones, Altas y Bajas de trabajadores por cuenta ajena;

Tramitación de deudas con la Seguridad Social (Régimen Especial de los Trabajadores del Mar).

Embarcaciones de Recreo (Lista 7ª): Definición y Gestiones.

Lista 7ª: «… embarcaciones de construcción nacional o debidamente importadas, de cualquier tipo y cuyo uso exclusivo sea la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional».

Trámites relacionados con las gestiones previas a la adquisición de las embarcaciones.

Asesoramiento en contratos de Compraventa, Arrendamiento, Matriculación, Traspaso de embarcaciones.

Gestiones relacionadas con el Abanderamiento, Matriculación y Registro de embarcaciones.

Contratación de Seguros Privados.

Procedimientos Administrativos y Sanciones marítimas.

Reclamación y Defensa por Responsabilidad Civil: Contractual – Extracontractual.

Reclamación y Defensa por Responsabilidad Penal.

Gestión integral de Siniestros – Accidentes en la mar y Defensa en las reclamaciones por siniestros.

Embarcaciones y Barcos Profesionales (Listas 2ª, 3ª, 4ª y 6ª): Definiciones y Gestiones.

Lista 2ª: «… los buques de construcción nacional o importados con arreglo a la legislación vigente que se dediquen al transporte marítimo de pasajeros, de mercancías o de ambos».

Lista 3ª: «…se registrarán los buques de construcción nacional o importados con arreglo a la legislación vigente destinados a la captura y extracción con fines comerciales de pescado y de otros recursos marinos vivos».

Lista 4ª: «…se registrarán las embarcaciones auxiliares de pesca, las auxiliares de explotaciones de acuicultura y los artefactos dedicados al cultivo o estabulación de especies marinas».

Lista 6ª: «…se registrarán las embarcaciones deportivas o de recreo que se exploten con fines lucrativos».

Asesoramiento en contratos de Compraventa y Arrendamiento.

Gestiones relacionadas con el Abanderamiento, Matriculación y Registro de embarcaciones.

Licencias y Expedientes sancionadores.

Contratación de Seguros Privados.

Siniestros marítimos y Accidentes de navegación.

Avería Gruesa.

Contaminación marítima y sanciones por verter combustible al mar o sustancias contaminantes.

Si usted o su empresa se encuentra en alguno de los supuestos expuestos, deberá ponerse en contacto con un profesional del Derecho para que le asesore a la mayor brevedad posible, a fin de que pueda tomar las medidas oportunas para salvaguardar y ejercitar de forma correcta sus Derechos e intereses.

Derecho de Familia

1) Separaciones y Divorcios de Mutuo Acuerdo. Judicial o Notarial.
También conocido coloquialmente como “separación / divorcio express”, cuando ambos/as cónyuges comparte el/a mismo/a abogado/a para su asesoramiento y redacción del convenio regulador, y procurador/a.

2) Separaciones y Divorcios Contenciosos.
Este supuesto se plantea cuando la pareja no consigue llegar a un consenso, e interesan someter sus inquietudes y peticiones ante el Juzgado.

3) Modificación de medidas Definitivas.

4) Redacción de Convenio Regulador.

5) Asesoramiento y/o Redacción de Capitulaciones Matrimoniales.

6 Liquidación del régimen económico matrimonial.

7) Si no estás casado/a, y tienes hijos, te asesoramos en la realización del Proceso de Guarda, Custodia y Alimentos.

8) Otras gestiones: Interposición de Recursos judiciales y Gestión de Ejecuciones judiciales relacionados con las gestiones ya reseñadas.

En el ámbito de los procesos hereditarios realizamos (entre otras) las siguientes actuaciones:

Asesoramiento y Gestión integral de la herencia:

Testamentos;

Cuadernos particionales;

Gestiones ante notaría: declaratorios de herederos, escritura de aceptación y adjudicación, entre otras;

Gestiones ante el registro de la Propiedad: inscripción de los bienes, entre otras;

Gestiones ante las Administraciones Públicas: liquidación de los impuestos derivados del proceso hereditario (Impuesto de sucesiones y donaciones, Plusvalía, entre otros).

Asesoramiento y gestión de solicitudes de división judicial de la herencia.

Si usted se encuentra en alguno de los supuestos expuestos o desea ejercitar alguno de ellos, deberá ponerse en contacto con un profesional del Derecho para que le asesore a la mayor brevedad posible, a fin de que pueda tomar las medidas oportunas para un correcto ejercicio de sus Derechos e intereses.

Dña. Aitami Bruno Bencomo

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Colegiada 4.400 ICATF

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Santa Cruz - La Laguna